SDLE S.L. (en adelante “SDLE” o “la Organización”) dispone de un Sistema Interno de Información o Canal Ético, diseñado e implementado conforme a los requisitos exigidos por la Ley 2/2023, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

El Sistema Interno de Información se encuentra habilitado para comunicar, de manera segura y confidencial, incluso anónima, las acciones u omisiones previstas en el artículo 2 de la citada Ley (delitos o infracciones graves o muy graves).

La Organización asume el compromiso de proteger a las personas que realicen estas comunicaciones asegurando, en todo momento, una tramitación diligente de las comunicaciones y el respeto de las siguientes garantías:

  • Confidencialidad de todas las personas involucradas en una comunicación, así como de todas las actuaciones que se desarrollen en su tramitación.
  • Posibilidad de realizar la comunicación de forma anónima.
  • Ausencia de represalias contra las personas que comuniquen de buena fe.
  • Tratamiento de datos de carácter personal conforme a la normativa vigente.
  • Derecho a la presunción de inocencia y de defensa de la persona afectada por la comunicación.

El Sistema Interno de Información de SDLE S.L, accesible en la web corporativa, se compone de los siguientes elementos:

  • Política del Sistema Interno de Información.
  • Responsable del Sistema.
  • Canal Interno (Canal Ético) como vía preferente para realizar las comunicaciones.
  • Acceso al Canal Externo gestionado por las Autoridades Independientes autonómicas y/o nacionales.
  • Procedimiento de Gestión del Sistema Interno de Información: donde se regula, en detalle, el funcionamiento del Sistema.

El incumplimiento de cualquier norma interna supone una infracción sancionable. Por lo tanto, el incumplimiento de las políticas o procedimientos implementados en relación con el Sistema interno de información podrán ser objeto de medidas disciplinarias razonables y proporcionadas conforme a los regímenes sancionadores que resulten de aplicación.